Si trabajas en proyectos de edificios comerciales, industriales o de uso público en Perú,
especificar correctamente las puertas cortafuego no es opcional: es un requisito legal. Esta guía te
explica lo que necesitas saber antes de incluirlas en tus planos.
¿Qué es una puerta cortafuego y cuándo es obligatoria?
Una puerta cortafuego es un elemento pasivo de protección contra incendios capaz de contener
el fuego y el humo durante un tiempo determinado, medido en minutos. En Perú, el Reglamento
Nacional de Edificaciones (RNE) y las normas del INDECI establecen su uso obligatorio en:
- Escaleras de evacuación
- Salas de máquinas y cuartos eléctricos
- Almacenes con materiales inflamables
- Hospitales, centros comerciales y edificios de más de 4 pisos
- Sótanos y estacionamientos
Tipos de resistencia alfuego: RF-30, RF-60 y RF-90
La clasificación RF indica los minutos que la puerta puede resistir el fuego sin que este traspase
al lado opuesto:
RF-30: Uso en zonas de bajo riesgo o compartimentación secundaria
RF-60: La más utilizada en edificios de oficinas, hoteles y comercio
RF-90: Requerida en plantas industriales, almacenes de alto riesgo y hospitales
Al especificar en planos, indica siempre el tipo de resistencia requerido, las dimensiones del
vano, el sentido de apertura y si requiere cierre automático.
¿Qué información necesitas del proveedor?
Antes de aprobar una puerta cortafuego en tu proyecto, solicita al proveedor:
- Compatibilidad con los marcos y sellos intumescentes
- Certificado de ensayo de resistencia al fuego (laboratorio acreditado)
- Ficha técnica con composición del bastidor y hoja
- Constancia de cumplimiento con norma UL 10C o EN 1634
En PYB fabricamos e instalamos puertas cortafuego certificadas con todos los documentos que
necesitas para tus expedientes técnicos en Lima y provincias. Contáctanos antes de cerrar tu
expediente.
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